hola wletraks, he estado buscando alguna normativa sobre este asunto y e encontrado una circular de una gestoria, no se si sera correcto pero si lo es aclara bastante el tema:
CIRCULAR
MODIFICACIONES TARJETAS DE TRANSPORTES
Se ha publicado la modificación al Reglamento de Ordenación de los
Transportes Terrestres, ( R.O.T.T.), que puede consultar en nuestra pagina web
http://www.gestoriapayas.com, el único cambio actual es que no se darán nuevas tarjetas de
ámbito local para pesado, ( más de 3.500 Kgs de carga ), solo se podrán sustituir por
cambio de vehículo, actualmente solo se puede solicitar tarjeta nacional, reuniendo los
requisitos exigidos hasta la fecha, tener otra nacional o tres vehículos de menos de dos
años y con carga de al menos 60 TN.
Estando a la espera de la publicación de la Orden que aclare todos los puntos,
que se prevé para finales de Enero de 2007, con las siguientes novedades, que pueden
sufrir modificaciones :
AMBITO AUTORIZACION PESADA
Todas las nuevas autorizaciones, serán de ámbito nacional, para solicitar otras tarjetas,
se exigirá antigüedad media de la flota de seis años, salvo que sea nuevo el camión.
Y para los que soliciten tarjeta, sin ser titulares de otra, se exige tres vehículos de menos
de cinco meses, y 60 toneladas.
Las locales y comarcales que existen hasta la fecha, pasaran a nacionales, aunque igual
puede haber restricciones.
INSTRANSMISIBILIDAD DE LAS AUTORIZACIONES
Las autorizaciones no se podrán ceder, salvo que sea titular de la autorización durante
los últimos diez años, y no haya reducido la flota en los dos últimos años.
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AUTORIZACIÓN VEHÍCULOS LIGEROS
No hay cambios en cuanto a las autorizaciones para vehículos ligeros ( menos de 3,500
Kgs de carga ), salvo que se exigirá que el vehículo tenga una antigüedad inferior a
cinco meses.
SERVICIO PROPIO
No necesitan tarjeta los vehículos inferiores a 3.500 Kg de M.M.A., antes era hasta
2.000 Kg.CAPACITACIÓN PROFESIONAL
Para personas físicas que comiencen la actividad, se le exigirá el titulo de capacitación,
no pudiendo ser aportado por otra persona, salvo los que hasta la fecha tengan un
capacitado contratado, que se les permitirá continuar y pudiendo sustituirlo por otro en
caso de cese, en un plazo máximo de tres meses.
¿que opinas?
Saludosssss